Oliver-Faubel, InmaculadaMonfort Signes, JaumeFuentes Giner, M-Begona2026-06-292026-06-292026-06-29https://riunet.upv.es/handle/10251/236205[ES] En este artículo se abordan los requisitos técnicos y legales para la correcta implantación de una obra de construcción entendida como un centro de trabajo temporal. A partir del marco establecido por el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. específicamente su Anexo IV, se analizan las disposiciones mínimas de seguridad y salud que deben cumplir los puestos de trabajo, las vías de circulación, las instalaciones de servicio y las medidas de emergencia y señalización. El objetivo es proporcionar una visión integral de cómo transformar el espacio de la obra en un entorno controlado y seguro desde su fase inicial.10Reconocimiento - No comercial - Sin obra derivada (by-nc-nd)PrevenciónRiesgos laboralesImplantaciónCentro de trabajo temporalObras de construcciónPrevención de Riesgos Laborales: implantación de un centro de trabajo temporal en obras de construcciónObjeto de aprendizaje3305 - Tecnología de la construcciónAbierto