Cabedo Mallol, Vicente2013-06-252013-06-252013-06-25https://riunet.upv.es/handle/10251/30057El art. 39 configura el marco constitucional de la portección de menores, encomendando a los poderes públicos esta protección. Portección susidiaria, dado que los primeros responsables son los padres con respecto a sus hijos.Reserva de todos los derechosProtección de la infanciaInterés superior del menorIgualdad de filiacionesAsistencia de todo ordenDERECHO CONSTITUCIONALEl artículo 39 de la ConstituciónObjeto de aprendizajeAbierto