Resumen:
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[EN] The Emissions Trading scheme now (January 2003) in prospect in the European Union is likely to be the first trans-national greenhouse gas emissions trading scheme in the world. With the participation of the European ...[+]
[EN] The Emissions Trading scheme now (January 2003) in prospect in the European Union is likely to be the first trans-national greenhouse gas emissions trading scheme in the world. With the participation of the European Economic Area [EEA] countries and with the forthcoming EU enlargement, 30 countries could be involved in this scheme by 2012. Under European Union law, the European Commission is responsible for making proposals, which are then decided upon by the Council of Ministers —on a «qualified majority» basis in this case— representing the 15 Member State governments, and the European Parliament. In the case of this Directive, the Commission prepared its initial proposals, which have then been scrutinised by the European Parliament and the Council of Ministers.The objective of this work is to provide an assessment of the EU Emissions Trading Directive as agreed by the Council of Ministers. The agreement was reached looking at both, the characteristics and potential of this scheme. For some of the issues, there is theory and evidence to support the case made. For others, the absence of evidence means that intuition is called upon.
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[ES] La Directiva de Comercio de Emisiones (Enero 2003) aprobada por la Unión Europea constituye, probablemente, el primer esquema de Intercambio de Permisos de Emisión, para gases de efectos invernadero de carácter ...[+]
[ES] La Directiva de Comercio de Emisiones (Enero 2003) aprobada por la Unión Europea constituye, probablemente, el primer esquema de Intercambio de Permisos de Emisión, para gases de efectos invernadero de carácter transnacional, que se va a poner en marcha en el mundo. Con la participación de los países del Área Económica Europea, y con la próxima ampliación de la UE, los países que estarán implicados en el esquema llegarán a 30 el año 2012. Es bien conocido que el reparto de competencias en Europa implica que es la Comisión la responsable de llevar a cabo las propuestas que posteriormente pueden ser aceptadas o rechazadas en el Consejo de Ministros en base a una «mayoría cualificada» (dependiendo del tipo de decisión) y por el Parlamento Europeo. El objetivo de este trabajo es el de llevar a cabo un juicio acerca de la Directiva sobre Intercambio de Derechos de Emisión de la UE tal y como fue aprobada por el Consejo. El acuerdo se alcanzó teniendo en cuenta, tanto las características como el potencial del esquema. Para algunos de los aspectos contenidos en la Directiva existe tanto teoría como evidencia que puede apoyar la decisión adoptada. Para otros, sin embargo, la ausencia de evidencia implica que fue la intuición la que predominó a la hora de tomar la decisión.
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