Resumen:
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[ES] En el mundo actual en el que los datos tienen un valor importante para realizar perfiles de las personas, cada vez se cuestiona más que los mismos estén al alcance de cualquiera y que se pueden utilizar sin saber cuál ...[+]
[ES] En el mundo actual en el que los datos tienen un valor importante para realizar perfiles de las personas, cada vez se cuestiona más que los mismos estén al alcance de cualquiera y que se pueden utilizar sin saber cuál va a ser su finalidad.
Por ello vamos a analizar si los expedientes académicos, como fuentes de información, contienen datos que pertenezcan a la intimidad del alumno. En cuyo caso su acceso a terceros quedaría condicionado a su autorización. Sin ir más lejos, son numerosas las universidades que no expiden certificados de calificaciones a terceros sin la autorización del propio alumno, ya se trate de sus padres o tutores.
El continuo avance de las nuevas tecnologías hace que las instituciones se adapten a las mismas, de forma que los métodos que hasta el momento se venían utilizando para la comunicación de las notas se vean renovados por otros de última generación, entre los que podemos citar sistemas operativos como Androide o iOs (Apple), etc.
El núcleo del problema se produce si entendemos que las calificaciones de los alumnos son datos de carácter personal que no pueden ser difundidos a terceros sin el consentimiento de estos. Así en el capítulo 2 denominado Marco de Referencia, analizaremos la naturaleza jurídica de las calificaciones y si son datos públicos o que requieren publicidad para asegurar la transparencia del proceso evaluador del profesor.
Asimismo, en el capítulo 3 estudiaremos la protección de datos en el ámbito educativo superior, haciendo referencia a los derechos con los que cuenta el alumno, en general, y en particular al de la intimidad. También se examinará la publicidad como protección de la imparcialidad.
En el capítulo 4, nos centraremos en las normas internas de la Universidad Politécnica de Valencia ( en adelante UPV) y las prácticas
existentes a la hora de comunicar las calificaciones, al enfoque y medidas adoptadas en otras universidades españolas, en especial aquellas radicadas en una Comunidad Autónoma que cuente con una agencia de protección de datos propia. También se verá el tratamiento de las calificaciones en algunas universidades europeas.
La propuesta de mejora se encuentra en el capítulo 5, que acorde con los diferentes aspectos tratados puede ser de interés para mantener reservadas las calificaciones de los alumnos, sin que ello vaya en contra de la imprescindible transparencia.
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