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La inspección tributaria y sus avances

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La inspección tributaria y sus avances

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dc.contributor.advisor Company Carretero, Francisco Javier es_ES
dc.contributor.author Vicedo Armiñana, Rafael es_ES
dc.coverage.spatial east=-0.41216099999996914; north=39.36255599999999; name=46460 Silla, València, Espanya
dc.date.accessioned 2014-07-17T09:18:07Z
dc.date.available 2014-07-17T09:18:07Z
dc.date.created 2014-05-29
dc.date.issued 2014-07-17
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/10251/38869
dc.description.abstract [ES] Para llevar a cabo y hacer efectiva su potestad de gestión, las entidades locales necesitan una autonomía económico-financiera, debiendo de disponer de medios tributarios y patrimoniales suficientes para el cumplimiento de sus funciones, tal y como reconoce el artículo 142 de la Constitución Española, de acuerdo con el cual, las Haciendas Locales deberán disponer de los medios suficientes para el desarrollo de las funciones que la Ley atribuye a las Corporaciones respectivas, y se nutrirán fundamentalmente de los tributos propios y de participación en los del Estado y de las Comunidades Autónomas. Por este mismo motivo, la aprobación en el año 1988 de la Ley de Haciendas Locales constituyó el complemento necesario de la Ley de Bases de Régimen Local. Esta Ley tiene como objeto desde el punto de vista material, la realización efectiva de los principios de autonomía y suficiencia financiera consagrados en la Constitución Española y recogidos en el Título VIII de la LBRL. El principio de autonomía, referido al ámbito de la actividad financiera local, se traduce en la capacidad de las Entidades locales para gobernar sus respectivas Haciendas. La Carta Europea de autonomía local estableció que las Entidades locales debían de disponer de recursos financieros suficientes para poder disponer de ellos libremente en el ejercicio de sus competencias, debiendo de ser los mismos proporcionales a las competencias asignadas a los mismos y que estaban previstas en la Constitución o en la Ley. Los Municipios planifican y organizan su actividad económico-financiera. Para ello, elaboran sus Planes Estratégicos y aprueban anualmente un Presupuesto, que se configura como su plan económico-financiero. La actividad económica va dirigida principalmente a la producción u obtención de bienes o a la prestación de servicios colectivos (Presupuesto de Gastos). La actividad financiera tiene como finalidad la de obtener los recursos financieros necesarios para posibilitarla (Presupuesto de Ingresos). Los rasgos que configuran el Entorno jurídico-económico en el que los municipios desarrollan su actividad económico-financiera, son los siguientes: Pertenencia al sector público Dependencia de un órgano político que establece las directrices de su actuación Sometimiento al régimen del Presupuesto Sujeción de su actividad a los controles de legalidad y financieros Sujeción al régimen de contabilidad pública Obligación de rendir cuentas de su actividad Ejercen su actividad sin ánimo de lucro, siendo su función principal la producción de servicios colectivos Los recursos principales proceden de pagos obligatorios exigidos sin contraprestación La propuesta de mejora deberá ir dirigida hacia la implantación de un modelo de gestión integral, que dé respuesta a las actuales limitaciones tanto de los pequeños como de los medianos municipios, los cuales son uno de los sectores de la Administración Pública que ha demorado en ponerse acorde con la modernidad y en carrera de la calidad total en prestación de servicios. Los servicios en general que se brindan en estas instituciones dejan mucho que desear. Podríamos decir que son una muestra de la ineficiencia alcanzada. Sin embargo, es necesario realizar un análisis mucho más profundo del por qué de la situación actual de los Municipios y sobre todo, de la situación de la Administración Tributaria Municipal y su necesaria modernización. Hay que reconocer que en la actualidad, la mayoría de municipios tiene un deficiente sistema de administración tributaria, ya que nunca se preocuparon en desarrollar o en potenciar esta área, a través de la cual se captan los recursos necesarios para que puedan cumplir con sus fines y objetivos en favor de sus comunidades. Todo esto ha impedido que se implementen sistemas tales como el de fiscalización, recaudación, inspección y control de cumplimiento de deuda, con lo cual ha empeorado la situación financiera de los Gobiernos Locales, al no poder contar con los recursos por falta de pago de impuestos, multas, tasas y otros conceptos (ya sean tributarios o no) por parte de los contribuyentes, los mismos que en la mayoría de los casos no recaen en la responsabilidad sino, como consecuencia de la falta de control de la Administración Tributaria. Asimismo, a esto se suma la falta de infraestructura y de personal idóneo para el desarrollo de las funciones propias de la Administración Tributaria. La aplicación de los tributos se desarrolla básicamente a través de los procedimientos de gestión, inspección y recaudación, así como facilitar una información adecuada en esta materia. En los procedimientos de gestión e inspección la Administración tributaria determina el importe de la deuda tributaria que debe ingresar el obligado tributario mediante la correspondiente liquidación tributaria (auto tutela declarativa de la Administración). El procedimiento de inspección tiene por objeto fundamentalmente el comprobar e investigar el adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias, incluyendo la regularización de la situación tributaria del obligado mediante la práctica de una o varias liquidaciones. De esta forma, el procedimiento de la Inspección de los Tributos ha comprendido tradicionalmente dos tipos de actividades, llamadas de comprobación e investigación, dirigiéndose la comprobación a la verificación de aquellos declarados por los obligados tributarios en sus declaraciones y persiguiendo la investigación el descubrimiento de hechos con relevancia tributaria no declarados o declarados incorrectamente por los mismos. En consecuencia, el procedimiento de inspección es un procedimiento inquisitivo que pretende averiguar determinados hechos o circunstancias, principalmente la veracidad y exactitud de lo declarado por los obligados tributarios. A los efectos que ahora nos importan, interesa destacar tres características de este procedimiento: a) En primer lugar, el procedimiento de inspección no es un procedimiento sancionador, aunque puede dar lugar a un procedimiento de esta naturaleza si de las actuaciones practicadas resultase la existencia de posibles infracciones tributarias. Además, en el caso de que el procedimiento de inspección dé lugar a un acta con acuerdo, por excepción, el procedimiento de inspección absorbe al procedimiento sancionador, en la medida en que estas actas pueden incorporar la propuesta de sanción que proceda. b) En segundo término, el procedimiento de inspección se inicia de oficio por la Inspección de los Tributos, de acuerdo con los planes de inspección, sin necesidad de sospecha o indicio alguno de fraude o incumplimiento fiscal, sino como una mera verificación administrativa de la correcta conducta del obligado tributario en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales c) Finalmente, este procedimiento administrativo puede dar lugar a un proceso penal si las irregularidades fiscales descubiertas conducen a la apreciación de indicios de delito contra la Hacienda Pública. Este trabajo está basado en la experiencia adquirida en la gestión municipal del área de Hacienda durante 34 años de ejercicio profesional, en el que he realizado tareas de mejora en diferentes áreas como Tesorería, inspección, recaudación, y rentas, principalmente, pasando del sistema clásico de gestión burocrática municipal a la propuesta de implantación de la mecanización y gestión directa, intentando modificar con ello una cultura de ventanilla por el trato directo, de un ciudadano obligado a un servicio al ciudadano. La mejora se produce cuando el Ayuntamiento aprende de sí mismo y de otros, es decir, cuando planifica su futuro teniendo en cuenta el entorno cambiante y dinámico que le envuelve y el conjunto de fortalezas y debilidades que la determinan. La planificación es la principal forma de conseguir un salto cualitativo en el servicio que se presta a los distintos ciudadanos. Para ello, es necesario realizar un diagnóstico de la situación donde nos encontramos. Una vez realizado el mismo, podremos observar que el mejor camino será el de apoyarse en las fortalezas para superar las debilidades que es sin duda la mejor opción de cambio. Este trabajo tiene una propuesta muy ambiciosa de salto exponencial a un futuro con cambios y modificaciones sobre lo que debe de ser la cultura moderna funcionarial, que se enfrenta en muchos casos con la nueva propuesta de grandes ciudades y su estructura organizativa, conteniendo desde mi punto de vista, el error más común, que es promover propio de las corporaciones locales a puestos directivos tomando en consideración casi exclusivamente su preparación técnica, que no siempre coincide con un buen jefe de equipo. El propósito específico de este trabajo es más concretamente, el de describir la situación de la Inspección Municipal del Ilmo. Ayuntamiento de Silla en cuanto a instalaciones, recursos humanos destinados a la misma y aplicaciones informáticas disponibles, pudiendo obtener con ello una visión completa del funcionamiento de esta, así como proponer un conjunto de medidas para modernizarla, dentro del marco jurídico establecido para el tratamiento tributario, adaptándola a los servicios municipales demandados, desarrollando sistemas de mejora continua, e impulsando la participación ciudadana. es_ES
dc.format.extent 243 es_ES
dc.language Español es_ES
dc.publisher Universitat Politècnica de València es_ES
dc.rights Reconocimiento - No comercial - Sin obra derivada (by-nc-nd) es_ES
dc.subject Valencia (provincia) es_ES
dc.subject Silla es_ES
dc.subject Ayuntamiento de Silla es_ES
dc.subject Administración local es_ES
dc.subject Haciendas locales es_ES
dc.subject Impuestos municipales es_ES
dc.subject Sistema tributario es_ES
dc.subject Impuestos es_ES
dc.subject Inspección tributaria es_ES
dc.subject.classification DERECHO ADMINISTRATIVO es_ES
dc.subject.other Grado en Gestión y Administración Pública-Grau en Gestió i Administració Pública es_ES
dc.title La inspección tributaria y sus avances es_ES
dc.type Proyecto/Trabajo fin de carrera/grado es_ES
dc.rights.accessRights Abierto es_ES
dc.contributor.affiliation Universitat Politècnica de València. Centro de Investigación Acuicultura y Medio Ambiente - Centre d'Investigació Aqüicultura i Medi Ambient es_ES
dc.contributor.affiliation Universitat Politècnica de València. Facultad de Administración y Dirección de Empresas - Facultat d'Administració i Direcció d'Empreses es_ES
dc.contributor.affiliation Universitat Politècnica de València. Departamento de Urbanismo - Departament d'Urbanisme es_ES
dc.description.bibliographicCitation Vicedo Armiñana, R. (2014). LA INSPECCIÓN TRIBUTARIA Y SUS AVANCES. http://hdl.handle.net/10251/38869. es_ES
dc.description.accrualMethod Archivo delegado es_ES


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