Resumen:
|
[EN] In the present work it is to conduct an analysis of the measures outlined in the leasehold and regional legislation concerning the social integration of the child. To do this, based on the constitutional pr ...[+]
[EN] In the present work it is to conduct an analysis of the measures outlined in the leasehold and regional legislation concerning the social integration of the child. To do this, based on the constitutional provision stating that public authorities ensure social, economic and legal protection of the family, and that these authorities will ensure the protection of children, equal before the law regardless of filiation, and Parents must provide assistance of every kind to the children who are both inside and outside the marriage frame, as long as they are minors, and in other cases where the law provides for it, in addition to children with applicable international protection (art. 39), we will influence the legal issues arising civilian both, theoretical and practical aspect. Just keep in mind that the child, as especially vulnerable subject, whose interests must always prevail, regardless of the context in which the conflict that may affect you occurs, does not always have measures that can be implemented and are considered suitable for this. On many occasions, and that we will see throughout this work, one of the particularly sensitive aspects is the integration of the child in society, until it is considered as an adult with full capacity to act, considering the circumstances of emancipation .
It is very important to have the applicable sectoral legislation about services and programs of action to promote such integration, as well as principles and services, taking into account some cases such as foreign minor. We intend, therefore, to conduct an analysis of the provincial and regional legislation, in chronological order, with respect to the social integration of the minor as well as major action programs, in order to determine whether the legislative framework is appropriate and suitable for social integration of the child, especially the design of social services to prevent and even eradicate homelessness situation in which the child can be found. The study allows us to conclude that the child can be found in different situations throughout his minority, and because of family and social circumstances that determine who is the norm not provide that the child is excluded. The legislation analyzed maintains uniformity in adopting measures of social integration of the child, which is very commendable, since this is a highly vulnerable and worthy group of maximum protection: the child. However, we must also consider that social integration should also be seen in other situations it has not been possible to study, given the extent of this study, which are important to them into account, as is the case of violence gender in cases where the child can be found in a complex situation to be integrated, as well as in cases of domestic partnerships formalized or in cases of pregnancy by substitution, and even in relation to ICT, new information technology and communications, protection and social integration of the child in relation to social networks, as well as the most recent legislation that affects the child as the Law 15/2015, of July 2, of voluntary jurisdiction.
[-]
[ES] En el presente trabajo se va a realizar un análisis de las medidas contempladas en la legislación foral y autonómica relativas a la integración social del menor. Para ello, teniendo como base el precepto constitucional ...[+]
[ES] En el presente trabajo se va a realizar un análisis de las medidas contempladas en la legislación foral y autonómica relativas a la integración social del menor. Para ello, teniendo como base el precepto constitucional que indica que los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia, que dichos poderes públicos asegurarán la protección de los hijos, iguales ante la ley con independencia de la filiación, y que los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos que tengan tanto dentro como fuera del marco matrimonial, durante el tiempo en que sean menores de edad, y en los demás casos en los que la legislación lo contemple, además de contar los menores con la protección de carácter internacional aplicable (art. 39), vamos a incidir en las cuestiones de carácter jurídico-civil que se planteen tanto en el aspecto teórico como práctico. Hemos de tener en cuenta que el menor, como sujeto especialmente vulnerable cuyo interés superior siempre debe de prevalecer, sea cual sea el contexto en el que se produzca el conflicto que le pueda afectar, no siempre dispone de unas medidas que puedan aplicarse y sean consideradas adecuadas para ello. En muchas ocasiones y ello lo veremos a lo largo de este trabajo, uno de los aspectos especialmente sensibles es la integración del menor dentro de la sociedad, hasta que se considere como adulto con la plena capacidad de obrar, contemplando los supuestos de la emancipación. Es muy importante que existan en la legislación sectorial aplicable unos servicios y programas de actuación para favorecer dicha integración, así como unos principios y servicios, teniendo en cuenta algunos casos como son los del menor extranjero. Nos proponemos, pues, realizar un análisis de la legislación foral y autonómica, por orden cronológico, respecto a la integración social del menor, así como de los principales programas de actuación, con la finalidad de determinar si el marco legislativo resulta oportuno y adecuado para la integración social del menor, especialmente el diseño de servicios sociales para evitar e incluso erradicar la situación de desamparo en la que se puede encontrar el menor. El estudio realizado nos permite concluir que el menor se puede encontrar en distintas situaciones a lo largo de su minoría de edad y a raíz de circunstancias familiares y sociales que determinan que sea la norma quien facilite que el menor no se vea excluido. La legislación analizada mantiene una uniformidad a la hora de adoptar las medidas de integración social del menor, lo cual es muy loable, ya que estamos ante un colectivo altamente vulnerable y digno de la máxima protección: el menor. Sin embargo, debemos tener en cuenta que la integración social también se debe contemplar en otras situaciones en las que no ha sido posible su estudio dada la extensión del presente trabajo. Entre tales situaciones se encuentran los casos de violencia de género en los supuestos en los que el menor se puede encontrar en una situación compleja para integrarse, así como también los casos de las uniones de hecho formalizadas o los casos de gestación por sustitución; e, incluso, en relación con las TIC, las nuevas tecnologías de la información y comunicación, la protección e integración social del menor en relación con las redes sociales, así como la más reciente legislación que afecta también al menor como la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la jurisdicción voluntaria
[-]
|