Resumen:
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[ES] El control sobre las arcas públicas existe desde finales de la Edad Media, ello
nos ayuda a entender la importancia de los órganos de control. Para hacernos
una idea de la magnitud del sector público español, solo ...[+]
[ES] El control sobre las arcas públicas existe desde finales de la Edad Media, ello
nos ayuda a entender la importancia de los órganos de control. Para hacernos
una idea de la magnitud del sector público español, solo hay que mirar el
número de municipios españoles, que ascienden a 8125 según el INE (1 de
enero de 2017). A todo ello hay que sumar las distintas administraciones
territoriales, entidades públicas empresariales, los organismos autónomos, las
sociedades mercantiles y un sinfín de administraciones financiadas con fondos
públicos.
El gran número de estas administraciones, obliga a que exista un control sobre
ellos, y sobre todo, sobre las cuentas públicas.
Es bien sabido por todos, la infinidad de casos de corrupción donde personal a
cargo de estas administraciones, ha intentado enriquecerse con el dinero de
las arcas públicas. Pero la auditoría pública no solo intenta paliar esta lacra
social, sino que también busca la consecución de la estrategia planteada, la
eficacia y eficiencia en el uso de dinero público, la transparencia de las
administraciones o el cumplimiento de las leyes vigentes entre otros.
En el presente trabajo, nos centraremos en analizar las cuentas generales de
las diecisiete comunidades autónomas, con ayuda de los informes elaborados
por el Tribunal de Cuentas y los diferentes OCEX, llegando a conclusiones
sobre si la cuenta, expresa la imagen fiel del patrimonio y de la situación
financiera, los resultados económico y presupuestario, de conformidad con el
marco normativo de información financiera pública que les resulta de aplicación
y, en particular, con los principios y criterios contables y presupuestarios
contenidos en el mismo. Además, si las actividades realizadas, las operaciones presupuestarias y financieras y la información reflejada en la
Cuenta General, resultan conformes, con la normativa aplicable a la gestión de
los fondos públicos.
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