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dc.contributor.advisor | Cabedo Mallol, Vicente | es_ES |
dc.contributor.author | Mejías Llopis, Sergio | es_ES |
dc.date.accessioned | 2015-12-22T15:30:48Z | |
dc.date.available | 2015-12-22T15:30:48Z | |
dc.date.created | 2015-09-07 | |
dc.date.issued | 2015-12-22 | |
dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/10251/59131 | |
dc.description.abstract | [ES] El artículo 41 de la Constitución impone a los poderes públicos el mantenimiento de un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad. La Ley 26/1990, de 20 de diciembre, que estableció dentro del sistema de la Seguridad Social una fórmula de protección no contributiva, que venía a complementar los existentes mecanismos de protección de carácter contributivo, responde al mandato constitucional impuesto en el artículo 41 y a la necesidad de garantizar a aquellos ciudadanos, que carezcan de recursos suficientes para atender la cobertura de sus necesidades, una protección más segura jurídicamente que las existentes hasta ese momento, con mayor grado de suficiencia, y de carácter integral, en cuanto a que las prestaciones no contributivas se configuran como derechos subjetivos perfectos a favor de los beneficiarios, quienes, en cuanto que pensionistas de la Seguridad Social, recibirán no sólo una renta económica, sino también la asistencia médico-farmacéutica y los servicios sociales complementarios del sistema. En ese sentido, la Ley 23/1990 de 20 de diciembre que establece prestaciones de naturaleza no contributiva, supone, hasta este momento, el avance más importante en el cumplimiento del concepto de Seguridad Social definido en el artículo 41 de la Constitución, en cuanto instaura un sistema de prestación económicas dentro del ámbito de la Seguridad Social que no están ligadas al trabajo y al abono de cuotas, sino que extiende el derecho a prestaciones económicas a cualquier ciudadano que se encuentre en situación de necesidad, definida económicamente y derivada de la edad o de la incapacidad o por la mera existencia de un hijo a cargo cuando esté discapacitado. | es_ES |
dc.format.extent | 176 | es_ES |
dc.language | Español | es_ES |
dc.publisher | Universitat Politècnica de València | es_ES |
dc.rights | Reserva de todos los derechos | es_ES |
dc.subject | Mejora de procesos | es_ES |
dc.subject | Prestaciones sociales | es_ES |
dc.subject | Ayudas sociales | es_ES |
dc.subject | Revisión de pensiones | es_ES |
dc.subject | Pensiones no contributivas | es_ES |
dc.subject | Generalitat Valenciana | es_ES |
dc.subject | Conselleria de Bienestar Social | es_ES |
dc.subject | Plan de mejora | es_ES |
dc.subject.classification | DERECHO CONSTITUCIONAL | es_ES |
dc.subject.other | Diplomatura en Gestión y Administración Pública-Diplomatura en Gestió i Administració Pública | es_ES |
dc.title | Proyecto de mejora de las funciones, tareas y procesos de la Sección de Ayudas y Prestaciones de la Conselleria de Bienestar Social. Creación de una unidad de revisión de pensiones no contributivas | es_ES |
dc.type | Proyecto/Trabajo fin de carrera/grado | es_ES |
dc.rights.accessRights | Cerrado | es_ES |
dc.contributor.affiliation | Universitat Politècnica de València. Facultad de Administración y Dirección de Empresas - Facultat d'Administració i Direcció d'Empreses | es_ES |
dc.contributor.affiliation | Universitat Politècnica de València. Departamento de Urbanismo - Departament d'Urbanisme | es_ES |
dc.description.bibliographicCitation | Mejias Llopis, S. (2015). PROYECTO DE MEJORA DE LAS FUNCIONES, TAREAS Y PROCESOS DE LA SECCIÓN DE AYUDAS Y PRESTACIONES DE LA CONSELLERÍA DE BIENESTAR SOCIAL. CREACIÓN DE UNA UNIDAD DE REVISIÓN DE PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS. http://hdl.handle.net/10251/59131. | es_ES |
dc.description.accrualMethod | Archivo delegado | es_ES |