Resumen:
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Dar cumplimiento al Real Decreto-ley 1/1.998 de 27 de Febrero sobre infraestructuras
comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicaciones y establecer
los condicionantes técnicos que debe cumplir ...[+]
Dar cumplimiento al Real Decreto-ley 1/1.998 de 27 de Febrero sobre infraestructuras
comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicaciones y establecer
los condicionantes técnicos que debe cumplir la instalación de ICT, de acuerdo con el Real
Decreto 401/2003, de 4 de abril, relativo al Reglamento regulador de las infraestructuras
comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el
interior de los edificios y a la Orden CTE/1296/2003 del Ministerio de Ciencia y Tecnología de
14 de Mayo de 2003 que desarrolla el citado Reglamento, y a la Orden ITC 1077/2006, de 6
de abril, por la que se modifican determinados aspectos administrativos y técnicos de las
infraestructuras comunes de telecomunicación en el interior de los edificios, para garantizar a
los usuarios la calidad óptima de los diferentes servicios de telecomunicación, mediante la
adecuada distribución de las señales de televisión terrestre y de telefonía, así como la
previsión para incorporar la televisión por satélite y los servicios de telecomunicaciones de
banda ancha, adecuándose a las características particulares de las viviendas.
Así mismo se dará cumplimiento a la LEY 10/2005, de 14 de junio (BOE 15/06/2005), de
medidas urgentes para el impulso de la Televisión Digital Terrestre, de liberalización de la
televisión por cable y de fomento del pluralismo.
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